Ciclo de charlas

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V JORNADAS NACIONALES y RIOPLATENSES DE DERECHO DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL

V JORNADAS NACIONALES  

Y

V JORNADAS RIOPLATENSES  

DE DERECHO DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL 

17  DE NOVIEMBRE DE 2017

 MAR DEL PLATA

 UNIVERSIDAD F.A.S.T.A., Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales,  Edificio San Alberto Magno  – Avellaneda 3341, Mar del Plata

PRÓXIMAMENTE MÁS INFORMACIÓN SOBRE  INSCRIPCIÓN, ARANCELES Y CRONOGRAMA

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TALLER TEORICO Y PRÁCTICO SOBRE DERECHO DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL

TALLER TEÓRICO Y PRÁCTICO SOBRE DERECHO DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL

 

 

 

Organiza el Instituto de Derecho de la Propiedad Horizontal Colegio de Abogados de Mar del Plata

Con el auspicio de la Comisión de Jóvenes Abogados del CAMDP

Dirigido a Jóvenes Abogados (hasta 5 años de matriculación)

Inicia: Miércoles 8 de octubre – 16:30 hs

1) CUESTIONES PROCESALES DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL:
– INTIMACIÓN PREJUDICIAL PAGO DEUDA EXPENSAS COMUNES
– CONFECCIÓN CERTIFICADO DE DEUDA PARA INICIO PROCESO DE EJECUCIÓN EXPENSAS COMUNES.
8 de Octubre de 2014 a las 16.30 hs. a cargo de la Dra. María Sandra Pereyra

2) ASAMBLEAS EN LA PROPIEDAD HORIZONTAL
– CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA.
– CONFECCIÓN DE LAS ACTAS
22 de Octubre de 2014 a las 16.30 hs. a cargo de la Dra. María Dolores Otamendi

 

3) CONFLICTOS LABORALES EN LA PROPIEDAD HORIZONTAL
– LIQUIDACIÓN FINAL HABERES DEL ENCARGADO ANTE RUPTURA DEL VÍNCULO.
29 de Octubre de 2014 a las 16.30 hs. a cargo del Dr. Eduardo Loustaunau.

Lugar: Salón Alternativo CAMDP (Brown 1958)
Actividad no arancelada – Cupos limitados – Se entregaran certificados de asistencia
Inscripciones por mail a: inscripciones@camdp.org.ar
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Charla sobre: “Claroscuros sobre el derecho de superficie y derecho de sobreconstrucción.”

Claroscuros sobre el derecho de superficie y derecho de sobreconstrucción

Disertante: Dr. ALBERTO ANÍBAL GABÁS
Fecha: Martes 26 de agosto de 2014
Hora: 19.00 hs.-
Lugar: Salón de Actos C.A.M.D.P – Alte. Brown 1958

 
-ENTRADA LIBRE Y GRATUITA-

Se entregaran certificados de asistencia

Inscripciones: inscripciones@camdp.org.ar

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CICLO DE CONFERENCIAS SOBRE DERECHO DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL

CICLO DE CONFERENCIAS SOBRE DERECHO DE LA PROPIEDAD  HORIZONTAL

 

 

Dr. Alberto Aníbal Gabás  “Complejos Urbanísticos en el Proyecto de Unificación de los Códigos Civil y Comercial” – Miércoles 4 de junio – 19 hs

 

 

Dra. María Sandra Pereyra – “Análisis Jurisprudencial sobre Cuestiones Procesales de la Propiedad Horizontal” – Miércoles 18 de junio – 19 hs

 

 

Dr. Eduardo Loustaunau – “Cuestiones Controvertidas en Materia de Encargados” – Miércoles 02 de julio – 19 hs

 

 

Lugar: Salón de actos C.A.M.D.P – Alte. Brown 1958

Inscripciones en: inscripciones@camdp.org.ar

ARANCEL GRATUITO: (Se entregaran certificados con la asistencia a dos de las tres conferencias)

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CONJUNTOS INMOBILIARIOS. Dra. MARINA MARIANI DE VIDAL

Conclusiones de la exposición de la Dra. Marina Mariani de Vidal en las III Jornadas Nacionales de Derecho de la Propiedad Horizontal, celebradas en la ciudad de Mar del Plata los días 17, 18 y 19 de octubre del 2013.

 

CONJUNTOS INMOBILIARIOS 

 

Dra. Marina Mariani de Vidal (*)

Resulta adecuado que el proyecto regule los Conjuntos inmobiliarios, dotándolos así de un régimen sancionado por el Congreso Nacional, unánimemente reclamado.
Su inclusión entre los derechos reales que se observa en el art. 1887 no es del todo aceptada, en tanto se autoriza que los particulares puedan sujetar al régimen de los derechos personales y aun a un régimen mixto.  Se impone la sumisión a la propiedad horizontal cuando se configuren como derechos reales, calificándola como «propiedad horizontal especial» por las notas características que se le imprime (se admiten parcelas de propiedad privada – construidas o en construcción -puede limitarse la transmisión de las unidades, se inviste al consorcio de poder disciplinario).
Se observa que no se regula, para los organizadores por regímenes distintos, la vía ejecutiva parea el cobro de expensas, su privilegio y la afectación de la cosa a su pago.
Nada se establece respecto de los conjuntos preexistentes. Esas falencias deberán ser corregidas.

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(*) CURRICULUM VITAE DE LA Dra. MARINA MARIANI DE VIDAL

Doctora en Derecho y Ciencias Sociales-

 Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal hasta abril de 2006, en que se acogió a la jubilación.
 Profesora titular por concurso de Derechos Reales en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires
 Miembro del grupo de Profesores que colaboró con la Comisión Redactora del Anteproyecto de Reforma y Unificación del Código Civil y del Código de Comercio del año 2012 (Privilegios y Derecho de Retención)
 Directora del Programa de Actualización en Derechos Reales, Departamento de Posgrado, Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires
 Profesora del Programa de Derechos Intelectuales, Departamento de Posgrado, Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires
 Miembro Titular del Tribunal de Arbitraje General y Mediación organizado por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, Ubatec SA y Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires
 Miembro del cuerpo docente de la Maestría en Derecho Notarial, Registral e Inmobiliario, de la Diplomatura en Protección del Patrimonio Familiar y de la Diplomatura en Derecho Inmobiliario todas de la Universidad Notarial Argentina.
 Miembro titular del Instituto de Derecho Inmobiliario, Universidad Notarial Argentina.
 Miembro del cuerpo docente de la Escuela Judicial de FUNDESI (Fundación de Estudios Superiores e Investigación)  y de la Universidad Nacional de Gral.San Martín
 Miembro del Comité Académico de la Carrera “Especialización en Documentación y Registración Inmobiliaria”, Instituto de Derecho Notarial y Registral, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Universidad Nacional de La Plata
 Miembro del Comité Académico de la “Carrera de Especialización en Derecho Registral”, Universidad Notarial Argentina
 Docente supervisor de los Cursos Intensivo y Regular para Escribanos Adscriptos. Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires,
 Profesora Titular del Módulo Derecho Civil de la Carrera “Especialización en la función judicial”, Universidad de Morón.
 Experto de la CONEAU
 Ha sido Profesora Titular de Derechos Reales en las Facultades de Derecho de las Universidades de Belgrano, del Salvador y del Museo Social Argentino.
Ha sido Profesora de Derecho Privado Profundizado en el Curso del Doctorado , Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de La Plata y de Derecho Privado en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires.
Ha sido miembro de jurados de tesis y directora de tesis y tesinas , asì como jurado de concursos.
 Intervino en diversos Congresos, Jornadas y Seminarios .
Es autora de varios libros –entre los que cabe destacar: “Derecho Hipotecario”, “Régimen jurídico de las cosas muebles”,Derechos Reales de disfrute sobre la cosa ajena”, “Interdicto de adquirir y otros aspectos de la defensa posesoria”, “Los privilegios en el Código Civil y la Ley de Concursos” (en colaboración con el Dr. Guillermo Allende), “Código Civil y Normas complementarias. Análisis doctrinario y jurisprudencial” (obra colectiva), “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Análisis doctrinario y jurisprudencial” (obra colectiva), “Clubes de campo y barrios cerrados” (en colaboración con la Dra. Adriana Abella) y, especialmente,  “DERECHOS REALES”, que actualiza continuamente, y que es libro de texto en las Facultades de Derecho de todo el país y también material de consulta de abogados y escribanos.
Ha publicado innumerables estudios en distintas revistas especializadas y dictado gran cantidad de conferencias y cursos

 

 

 

 

 

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EL RÉGIMEN DE ASAMBLEAS EN EL PROYECTO DE CÓDIGO CIVIL Y DE COMERCIO 2012. Adm. JORGE A. HERNÁNDEZ.

Conclusiones de la exposición del Administrador Jorge A. Hernández en las III Jornadas Nacionales de Derecho de la Propiedad Horizontal, celebradas en la ciudad de Mar del Plata los días 17, 18 y 19 de octubre del 2013.

 

EL RÉGIMEN DE ASAMBLEAS EN EL PROYECTO DE CÓDIGO CIVIL Y DE COMERCIO 2012

Adm. Jorge A. Hernández

De aprobarse la unificación de la legislación civil y comercial, las asambleas en propiedad horizontal pasarán del actual anárquico nivel reglamentario, a disponer de un verdadero régimen legal.

Si bien el texto conocido del proyecto de unificación 2012 es en gran medida satisfactorio, sería conveniente que se lo enriqueciera receptando las significativas previsiones sobre el Derecho Real de Propiedad Horizontal contempladas en el proyecto de unificación de 1998; las propuestas y sugerencias de la 2º Reunión Federal de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina celebrada el 26/6/12; y en especial también estas recomendaciones:

1) la obligación de asistencia a la asamblea por parte del propietario o su representante con autorización escrita y firma debidamente certificada por escribano público, banco o policía;

2) permitir las asambleas no presenciales y/o a distancia por internet, por medios electrónicos y/o video digitales;

3) establecer el deber ineludible del propietario de inscribir dentro de los 30 días de su adquisición la titularidad de la unidad funcional en el Registro de Propietarios del consorcio;

4) suprimir el libro de Registro de Firmas del Propietario por innecesario y por el alto riesgo que genera al facilitar la suplantación de identidad, mediante el simple cotejo de firmas en el marco conflictivo de una asamblea;

5) facultar al Administrador a requerir previo a cada convocatoria a asamblea la lista sábana (Form 4B RPI Capital Federal) del consorcio al Registro de la Propiedad Inmueble del lugar a fin de lograr absoluta certeza jurídica sobre la titularidad de dominio de los asistentes a las reuniones.

6) reponer la unificación de personería para la representación de la unidad funcional en la asamblea;

7) ampliar a 90 días el plazo para iniciar las acciones de nulidad;

8) ampliar y profundizar la normativa sobre sub asambleas y asambleas generales del conjunto urbano en los megaconsorcios;

9) establecer la consulta previa a todos los copropietarios sobre las propuestas para incluir en el orden del día a considerar por las asambleas ordinarias.

10) pautar sobre las nuevas situaciones que se plantean en los consorcios donde algunos de sus propietarios son extranjeros y no hablan ni comprenden muy bien el idioma castellano, y necesitan ir acompañados a las asambleas por un traductor para poder deliberar.

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LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO EN EL PROYECTO DE CÓDIGO CIVIL Y DE COMERCIO 2012. Dr. DANIEL LUNA.

Conclusiones de la exposición del Dr. Daniel Luna en las III Jornadas Nacionales de Derecho de la Propiedad Horizontal, celebradas en la ciudad de Mar del Plata los días 17, 18 y 19 de octubre del 2013.

 

LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO EN EL PROYECTO (ADMINISTRADOR, ASAMBLEA, CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN)

 

Dr. Daniel Luna. (*)

«Indudablemente el Proyecto en cuanto a la regulación de los órganos del consorcio es superior al régimen jurídico vigente. No obstante ello y con el ánimo de contribuir a su perfeccionamiento, puede señalarse que la inclusión del consejo de propietarios como órgano obligatorio puede no ser adecuado para los consorcios de pocas unidades; que se ajusta más a la experiencia de más de seis décadas de vigencia de la ley 13.512  la supresión del requisito del quórum en las asambleas que preveía el Proyecto de 1998; que si bien establecer un plazo de caducidad para la acción de nulidad de asamblea es elogiable no es prudente su extrema brevedad, más aún si se considera desde cuándo se computa; que no parece conveniente una norma imperativa que establezca que las actas de asamblea debe labrarlas el administrador como tampoco lo es que se exija un diez por ciento de consorcistas para poder promover asamblea judicial, restringiendo de este modo una verdadera válvula de escape del sistema».

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(*) CURRICULUM VITAE DEL Dr. DANIEL LUNA
Profesor Titular de Der. Civil IV y de Derecho Registral en la Facultad de Derecho de la Univ. Nac. de Rosario y en la Facultad de Derecho de la Universidad del Centro Educativo Latinoamericano y en esa Casa de Estudios es también profesor titular de Derecho Civil II y de Teoría de la Reparación. También en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario es Vicedirector de la Carrera de Especialización en Derecho Inmobiliario, Urbanístico y de la Construcción y Profesor en esa carrera de posgrado, así como en la Maestría en Derecho Privado y en la Carrera de Notariado y es profesor invitado en carreras de posgrado en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Buenos Aires y en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina. – En el Colegio de Abogados de Rosario es Vicepresidente del Instituto de Derecho Civil y  Presidente del Instituto de Propiedad Horizontal –  Director del Instituto de Derecho Civil de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad del Centro Educativo Latinoamericano y Coordinador Académico de la Carrera de Abogacía en esa Casa de Estudios – Designado Miembro del  Instituto  de  Ciencias Jurídicas  y  Sociales  Región Centro de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba – Ha dictado numerosas conferencias en distintas universidades de nuestro país y también en el extranjero, ha integrado comités académicos, directivos y de organización de jornadas y otras actividades académicas, siendo designado miembro distinguido, miembro honorario, etc. y ha recibido diversas distinciones, la más reciente de ellas la Mención de Honor al Mérito Jurídico 2012 otorgada por el Colegio de Abogados de Rosario – Es autor de libros, ponencias y artículos de doctrina dedicados a temas de Derecho Civil y de Derecho Ambiental, entre ellos el comentario integral- en coautoría con el Dr. Nelson Cossari- de la Ley 13.512 en el tomo 9-A del Código Civil Comentado dirigido por el Dr. Alberto Bueres. Dirige diversos proyectos de investigación. Ejerce la abogacía desde hace más de tres décadas en la ciudad de Rosario.
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MATRIZ CONDOMINIAL DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL. PROYECCIONES. Dr. JORGE HORACIO ALTERINI.

Conclusiones de la exposición del Dr. Jorge Horacio Alterini  en las III Jornadas Nacionales de Derecho de la Propiedad Horizontal, celebradas en la ciudad de Mar del Plata los días 17, 18 y 19 de octubre del 2013.

 

MATRIZ CONDOMINIAL DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL. PROYECCIONES.

 

Dr. Jorge Horacio Alterini

 Más allá de su autonomía conceptual, es innegable que la propiedad horizontal está fundida en el molde del condominio, tanto que se ha sostenido que el derecho de los titulares sobre cada una de las unidades del inmueble podría expresarse como una suerte de partición de uso, goce y disposición jurídica.

Tal raíz comunitaria debe tenerse presente cuando se analizan las partes y cosas comunes, las facultades y los actos sobre ellas, los llamados usos exclusivos, las construcciones en el espacio aéreo o en el subsuelo y, en general, las mejoras en los sectores comunes, el quórum y el régimen de las mayorías para adoptar decisiones; todos aspectos significativos tanto en el sistema vigente como en el de los proyectos de reforma.

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